Dixi Lex 87

Lo que dice la ley sobre
Ventajas del divorcio por presentación conjunta


Como es de público conocimiento, desde hace varios años en nuestro país el matrimonio civil se puede disolver a través de un proceso judicial denominado divorcio. Ahora bien, de acuerdo a nuestra legislación vigente, dicho proceso puede tramitarse de dos maneras distintas: por un lado, puede ser iniciado de común acuerdo entre los cónyuges, en cuyo caso el procedimiento judicial es más reducido en cuanto a su tiempo de duración; por otro lado, tenemos el procedimiento del divorcio de modo contencioso o “conflictivo”, en el cual -como su palabra lo indica-, alguno de los cónyuges no está de acuerdo con el divorcio o con la causal invocada para el disolver el vínculo matrimonial. En este caso, el trámite puede extenderse indefinidamente en el tiempo, ya que cuenta con más etapas que el juicio de divorcio por “mutuo acuerdo”, sumado a que las partes manifiestan intereses encontrados, por lo que cada uno intentará demostrar al juez que el otro cónyuge es el “culpable del divorcio”, siendo esta cuestión de importancia y derivando en consecuencias muy distintas según quien sea el condenado como culpable.
En caso que los cónyuges decidieran iniciar los trámites de divorcio, lo que recomiendo a mis clientes es iniciar el mismo mediante el modo de presentación conjunta, dejando de lado rencores propios que llevaron a desembocar en esta situación y reducir así el tormento psicológico que implica, no sólo a los cónyuges, sino también a los menores que deben presenciar las divergencias matrimoniales de sus padres.
Una ventaja importante que la ley autoriza en estos procesos es que las partes puedan presentar en el mismo juicio un convenio sobre distintos asuntos de familia referidos, por ejemplo, a “pensión por alimentos”, tenencia de hijos, régimen de visitas, disolución de la sociedad conjunta, etcétera.
Para finalizar, cabe destacar que este modo de proceso posee la ventaja de poder ser iniciado con la representación de un solo abogado, lo que evidentemente es más económico para las partes ya que deberán pagar gastos de inicio y honorarios profesionales a un único letrado, los que en principio deberían ser soportado por ambas partes en mitades iguales; y digo en principio porque de acuerdo a la experiencia profesional siempre es uno de los cónyuges el más interesado en obtener la sentencia de divorcio.

Dr. José Gabriel Ménder Gordillo
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