En sesión ordinaria, con asistencia
perfecta de todos sus miembros, el Concejo Deliberante de nuestra ciudad se
reunió el pasado 13 de abril y sancionó dos ordenanzas de mucha
importancia, por ser de carácter económico.
importancia, por ser de carácter económico.
Facultamiento al DEM
Una de las sanciones tiene que ver
con la modificación del artículo 1° de la ordenanza 357/2009, cuyo nuevo texto
quedó redactado de la siguiente manera: “Facúltase
al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar
contrataciones en forma directa para la realización de obras, estudios,
proyectos y locación de servicios con fondos provenientes Federal Solidario
(Fondo Soja), derivados de la ley n° 8.451 y de la 8.487, con recursos propios
y/o futuros programas nacionales o provinciales que pudieren surgir, por un
monto máximo de hasta $ 250.000 por cada obra”.
A través del mismo proyecto de
ordenanza que fuera enviado a consideración del Concejo Deliberante por el
Intendente Luis Morghenstein,
se modifica el artículo 2° de la Ordenanza n° 390/2010, por el cual se faculta
al DEM a realizar contrataciones mediante el
sistema de cotejo de precios para la realización de obras, estudios,
proyectos, compra de equipamientos, maquinaria, vehículos, utilitarios,
ambulancias y locación de servicios, con fondos provenientes del Fondo Federal
Solidario (Fondo Soja), fondos derivados de las leyes n° 8.451 y 8.487, con
recursos propios y/o futuros programas nacionales o provinciales que pudieran
surgir, por un monto máximo de hasta $ 750.000 por cada obra o compra a
realizarse”.
Votación
El facultamiento al DEM fue aprobado
por 8 concejales: Néstor Alfredo Barrera,
Juana Rosa Lobo, José Omar Maná, Roberto Antonio Martín, Carlos Manuel Najar, Sergio Roberto Rossi , Miguel Ángel Sánchez y María Virginia Toscano. Su fundamento
residió en el aumento de los precios y en la necesidad de poder acortar los
tiempos de compra para acelerar la concreción de las obras.
Quienes votaron en contra fueron los
concejales Marcos Kristal y Carlos Barros.
Kristal solicitó la vuelta a
comisión del proyecto de ordenanza arguyendo que viola la Ley de Contabilidad
(porque la ordenanza propone “locación de servicios”), la Ley de Obras
Públicas, las ordenanza 009 y modificatorias. “Ningún municipio de la Provincia
tiene una autorización por los montos que estamos tratando para Las Talitas, ni
siquiera el de la Capital”, afirmó.
Asimismo, agregó que “Ningún índice de inflación, ni el
INDEC ni el de la Cámara de la Construcción, justifica ningún incremento (de los montos) de esta facultad”; y que “Esta prerrogativa al Intendente no
debe implicar que no rinda cuentas de las obras, de las empresas que
intervienen, del tipo de obra que se trata y hasta qué monto”.