Dixi Lex 92

Información sumaria por concubinato

El concubinato puede ser definido como la unión de hecho estable entre dos personas de distintos sexos.
Este tipo de unión, si bien es similar al matrimonio, tiene marcadas diferencias con el mismo, pues conforme muestra legislación, son muy pocos los derechos que se reconocen a los concubinos.

Podríamos decir que entre la reducida lista de derechos a los que puede aspirar un concubino/a, se encuentra, fundamentalmente, el derecho previsional, o sea, la posibilidad de percibir en carácter de pensión la jubilación que venía cobrando su pareja que ha fallecido; y el derecho a tener una obra social, en la cual una de las partes es el titular.
Ahora bien, cabe destacar que para poder acceder a estos beneficios, antes era suficiente la realización de un expediente administrativo por medio del cual se probaba la existencia del concubinato. Sin embargo, hoy, la mayoría de las obras sociales y la misma Anses, solicitan como requisito incluible una sentencia judicial que declare la existencia del concubinato.
Debemos aclarar que para poder llegar a la misma es necesario la realización de un juicio denominado “Información Sumaria por concubinato”. Este es un proceso de corta duración en el cual las partes deberán probar no sólo la verisimilitud de la unión, sino también el tiempo de duración de la misma, el cual no puede ni debe ser menor a los cinco años.
Los interesados en el proceso pueden valerse de cualquier tipo de pruebas tales como, testigos, constancia policial de convivencia, DNI de las partes con igual domicilio; cartas, boletas de impuestos, facturas varias a nombre de las partes y que lleguen a su domicilio común; y por supuesto en caso de existir hijos de por medio, acta de nacimiento de los mismos.
Este juicio en el que también interviene la Anses y/o los representantes de la obra social, culmina con una sentencia que reconoce la existencia del concubinato a los fines de ser presentada en el lugar que fue solicitada.

Dra. Claudia Leguina Salado
(M.P. 4.673) Diagonal n° 57
(E. Calles 5 y 6 - Fte. a La Cruz)
Villa Mariano Moreno