Juicio de insanía (incapacidad) y curatela, y beneficios asistenciales

En esta edición arribaremos al tema referido a los juicios de declaración de incapacidad y curatela con el objeto de aclarar a los lectores el fin que se persigue con esta institución legal.
Cuando la persona cumple 21 años adquiere la mayoría de edad, lo que la habilita para efectuar todos los actos de la vida civil (comprar y vender, trabajar libremente, actuar en juicio, etc.). Cuando el mayor de edad se encuentra disminuido en sus facultades mentales (discapacitado) en un grado tal que le sea imposible tener un conocimiento cabal en el manejo del dinero y de sus bienes, es necesario que sea declarado insano judicialmente y que otra persona administre sus bienes por él, por lo que debe designarse a quien se llamará curador.
La declaración de insana (discapacidad) procede para el caso de personas con síndrome de down. esquizofrenia, o daño cognitivo permanente. Estas calificaciones son otorgadas por médicos neurólogos en lo que se denomina Certificado Médico Oficial, que determinan el grado de incapacidad.
Ante estas situaciones lo mas común es que los padres de los presuntos discapacitado inicien el denominado juicio de curatela. Desde el punto de vista económico las ventaja más importante de la declaración de discapacidad es que el Estado otorga un beneficio asistencial, de manera tal que faculta al curador a recibir una ayuda mensual para solventar los gastos de supervivencia del incapaz. Siendo absolutamente indispensable el trámite judicial para luego obtener el beneficio ante la Secretaría de Desarrollo Social de La Nación. Una vez dictada la sentencia de insania será la persona designada como curador quien se encargará de administrar y manejar todos los bienes que el insano tenga o pudiera adquirir en el futuro. Es decir que si en su familia existe alguna persona que se encuentre disminuida en sus facultades mentales, usted se encuentra habilitado para iniciar los trámites de insana y así poder percibir una ayuda estatal para afrontar los distintos gastos de medicación y sostenimiento del mismo, además de otros beneficios como por ejemplo el ingreso gratuito a los transportes públicos.
Para finalizar cabe destacar que cuando el incapaz todavía no cumplió los 21 años igualmente se puede solicitar la declaración de incapacidad judicial, ya que el beneficio asistencial también se aplica para menores de edad.

Dr. José Gabriel Mender Gordillo
Matr. Prof 5805
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