Las Talitas cuenta ahora con su Código Tributario Municipal

Con esta herramienta se sortearán los planteos de inconstitucionalidad
Secretario de Hacienda de la
Municipalidad de Las Talitas,
CPN Arturo Formoso

En sesión del HCD, el pasado 2 de junio se aprobó el Código Tributario Municipal, instrumento impulsado por el Intendente Carlos Najar, en virtud del cual la actual gestión de gobierno tiene expectativas de lograr mejorar los recursos propios con que cuenta nuestra Municipalidad. 
En referencia a este asunto, tuvimos oportunidad de dialogar con el Secretario de Hacienda de Las Talitas, CPN Arturo Formoso, a fin de que se explaye sobre algunos puntos:


EP.- ¿Qué implica tener un Código Tributario en Las Talitas?
AF.- Se trata de dar un marco jurídico apropiado a la acción de la Dirección de Rentas Municipales. Hasta hace poco estaba vigente el Código Tributario de Comunas Rurales (Ley 5637), el cual no faculta al municipio a cobrar tributos, solo tasas. Bajo estas condiciones no se les podía cobrar a los grandes contribuyentes de la jurisdicción porque en plantearon la inconstitucionalidad del PACYS (Patente sobre Actividad Comercial, Industrial y/o Servicios) y la Tasa de Actividades Comerciales y Servicios (TACYS)

EP.- ¿Y un municipio puede cobrar impuestos?
AF.- Desde el año 2006 con la nueva Constitución Provincial se faculta a los municipios a cobrar tributos. La mayoría de los municipios dictaron sus propios códigos tributarios, siendo Las Talitas el último del Gran San Miguel de Tucumán en realizarlo.

EP.- Aplicar el Código, ¿im-plicaría algún tipo de erogación?
AF.- No, nada en absoluto.

EP.- ¿Quién será la autoridad de aplicación?
AF.- El Director de Rentas Municipales, que forma parte del gabinete del DEM y su elección es facultad del Ejecutivo Municipal.

EP.- ¿Actualmente, cuánto representa para el Municipio los ingresos por tasas y/o contribuciones?
AF.- Los recursos propios, por recaudación de la Dirección de Rentas Municipales, representan aproximadamente el 15% de los recursos totales del municipio. Con el nuevo Código se proyecta que este porcentaje crezca. 

EP.- ¿Por qué crecería?
AF.- Fundamentalmente, por los pagos que realizarán las empresas radicadas en la jurisdicción que a la fecha no realizan ningún pago por contar con la sentencia a su favor de Inconstitucionalidad del TACYS. Ahora, con el remplazo del TACYS por el TEM (Tributo Económico Municipal), deberán realizar el pago correspondiente, sin excepciones.

EP.- En estos meses de inflación, tarifazos y caída del salario, ¿disminuyó la recaudación?
AF.- El porcentaje con respecto a los recursos totales no disminuyó, gracias a que desde el comienzo de la gestión del Intendente Carlos Najar se efectuó una política de recuperación de saldos a cobrar correspondiente a tasas (como el CISI), que no presentaban objeción por parte de la población en general ni el empresariado, pero sí se nota una disminución en la cobranza de los períodos bimestrales corrientes. Para que se entienda: financieramente, no se nota la baja porque se está cobrando deuda vieja no cobrada oportunamente en la gestión anterior.

EP.- ¿Tienen una base de datos con los contribuyentes o se hará el relevamiento a partir de ahora?
AF.- Existe una base de datos sobre todos los contribuyentes actuales radicados en el Municipio. Continuamente se realizan habilitaciones y nuevas altas o bajas de negocios, como el relevamiento de los padrones catastrales de los inmuebles.
En estos momentos se trabaja con el objeto de hacer más dinámica la gestión de la Dirección en la implementación de un nuevo sistema informático, con el objeto de darles a los vecinos mayor información sobre sus estados de cuentas. Pero, como dije, sí existe un relevamiento, lo que no implica que al entrar en vigencia el nuevo sistema se aumente la información cualitativa de cada comercio o industria

EP. -¿Existe un plan de difusión a la población para dar a conocer las implicancias de aplicar este Código?
AF.- Al vecino, en general, este nuevo Código no lo afecta. Es más una herramienta para poder cobrar a los negocios y empresas que por haberle realizado juicio de inconstitucionalidad al Municipio por el TACYS, no pagaban. Y esta herramienta se tendrá recién ahora, por no haberse realizado en gestiones anteriores la adecuación del Código en base a la Constitución del 2006. Por este hecho, se dejó de percibir importantes recursos propios en los últimos 10 años. Obviamente, prevaleció el conformismo de llevar la gestión con recursos obtenidos de la Coparticipación nacional y provincial.

EP.– ¿El vecino debe temer nuevos impuestos o el aumento de los ya existentes?
AF.- No. Tener este Código no significa un incremento en lo que debe pagar el vecino, sino que se trata de una herramienta para que el vecino que no pagaba comience a hacerlo. Lo que se hará es llevar a cabo un plan de información para aclarar esto a la población y darle la tranquilidad.

EP.- ¿Hay mucha morosidad? 
AF.- Sí, hay un alto índice de morosidad. Con el nuevo Código Tributario y en forma conjunta con la implementación del nuevo sistema informático y la reorganización de la Dirección de Rentas, entre otras acciones, se espera reducir en forma gradual la morosidad existente.

EP.- ¿Los montos a pagar, los determina este Código?
AF.- No. El Código vendría a ser una legislación de fondo, en tanto que los valores que lo harán operativo son las alícuotas que se fijan anualmente en la Ordenanza Tributaria. Tanto el Código como la Ordenanza tarifaria ya están promulgadas.